Régimen de aportaciones de ahorro / jubilación
El Reglamento del Plan de Pensiones del Grupo Naturgy establece el alta de manera automática en el momento de la incorporación para todas las personas trabajadoras que se incorporan a una empresa Promotora.
El alta supone la aplicación de las tablas de aportaciones de ahorro para la jubilación en función del nivel salarial.
Los conceptos salariales que computan para calcular las aportaciones del plan de pensiones son exclusivamente los que forman parte de la retribución fija y tienen carácter pensionable.
Están detallados en cada uno de los anexos del Reglamento de Especificaciones del Plan, y básicamente son los siguientes:
- Retribución Fija o Nivel Salarial.
- Complemento Personal de Antigüedad.
- Complemento Antigüedad Bienios.
- Complemento de Desarrollo Profesional.
- Complemento Ad Personam Pensionable no Revalorizable y Absorbible.
- Complemento Ad Personam Pensionable Revalorizable y Absorbible.
- Complemento Ad Personam Pensionable no Revalorizable y no Absorbible.
- Complemento Personal de Homologación.
- Compensación por Cambio Sistema Pensiones.
TABLA DE APORTACIONES DE AHORRO O CAPITALIZACION (2024)
Salario bruto anual computable a efectos del Plan | % Aportación Promotor | % Aportación Participe |
---|---|---|
Inferior a 57.717,75€ | 2,00% | 1,00% |
Entre 57.717,76€ y 69.261,24€ | 2,50% | 1,00% |
Igual o superior a 69.261,25€ | 3,00% | 1,50% |
Régimen de aportaciones de ahorro / jubilación
(excluidos de convenio, gerencial y directores)
El Reglamento del Plan de Pensiones del Grupo Naturgy establece una garantía mínima de aportaciones para el personal excluido de convenio que está vinculado al nivel salarial. En el caso de los directores y gerentes, la garantía va asociada a la categoría.
Mientras es de aplicación la citada garantía mínima de aportaciones se excluye la obligatoriedad de realizar aportaciones obligatorias de partícipe.

Categoría profesional | Salario computable a efectos del Plan bruto anual | Aportación |
---|---|---|
Técnico, excluido Convenio | Entre 58.061€ y 65.812€ | 2.685€ |
Técnico, excluido Convenio | Superior a 65.812€ | 4.277€ |
Gerentes | 5.495€ | |
Directores | 9.500€ |
Régimen de prestaciones para la contingencia de fallecimiento e incapacidad en activo
Igualmente, te indicamos el régimen de las prestaciones de riesgo (seguro de vida), para las contingencias de fallecimiento e incapacidad en activo:
Las prestaciones de riesgo están vigentes desde el momento del alta en el Plan, y son:
- Fallecimiento / Incapacidad (ordinaria): 2,5 anualidades del salario regulador.
- Fallecimiento / Incapacidad (accidente): 3 anualidades del salario regulador.
- Fallecimiento / Incapacidad (accidente de tráfico): 3,5 anualidades del salario regulador.
La prestación se financia con los derechos consolidados del partícipe 31.12 del ejercicio anterior, abonando la compañía aseguradora la diferencia hasta la prestación garantizada. Es decir, se descuenta lo ya consolidado en el Plan de Pensiones procedente de aportaciones obligatorias de empresa y partícipe (no las voluntarias o las movilizaciones).

FAQs
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